La medida fue tomada a través del decreto 1084/2024, publicado este martes en el Boletín Oficial.

Con la firma de Javier Milei y el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, la gestión libertaria resolvió delimitar la utilización de nombres propios y cualquier otro símbolo político en espacios dependientes del Estado Nacional, por considerarla una práctica “antirrepublicana”.

El Gobierno argumentó que “existe una abusiva práctica en distintas áreas de la administración pública, que consiste en el uso indebido de recursos públicos para la promoción personal de funcionarios, autoridades o agrupaciones políticas partidarias con la arbitraria intención de pretender glorificarlas y perpetuarlas en el tiempo”. Algo que implica la “autopromoción e involucra una conducta no solo moralmente cuestionable, sino que constituye un abuso de poder”.

Además, el decreto establece un requisito temporal para la asignación de nombres a bienes públicos. Según el Artículo 2°, deberá transcurrir un mínimo de diez años desde el fallecimiento de una personalidad o desde un hecho histórico antes de utilizar su nombre para designar cualquier bien del Estado. A pesar de que es una normativa general, pareciera una alusión directa a aquellas sedes y espacios que se denominaron “Néstor Kirchner” meses después de su fallecimiento. 

Además, queda prohibida la asignación de nombres de personas que hayan accedido a cargos de gobierno mediante actos contrarios al sistema democrático y al orden constitucional. Por otro lado, se establece que ningún funcionario, independientemente de su jerarquía o forma de contratación, podrá emplear recursos del Estado para promover su imagen, ideología, afiliación o cualquier atributo personal. 

La medida también habilita a que todo ciudadano pueda denunciar ante las autoridades nacionales “cualquier violación a las disposiciones del decreto, sin costo y a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD)”.