
Este lunes se publicó el primer tramo de reglamentación de la normativa que obtuvo su sanción definitiva en junio.
El Gobierno reglamentó las primeras medidas de la Ley Bases, aprobada a fines de junio. La vía legal para ir hacia “un país libre y próspero” dio sus primeros pasos y fue publicada en el Boletín Oficial a última hora del domingo, a través del decreto 695/2024.
El documento oficial fue publicado bajo la firma del presidente Javier Milei junto a la del Jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y los ministros de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegge, y Economía, Luis Caputo.
Los puntos de la Ley Bases que oficializó el Gobierno
A partir de este lunes, rige la emergencia administrativa, económica, financiera y energética por el plazo de un año. Además, el Poder Ejecutivo tiene facultades delegadas, lo que le habilita al presidente Javier Milei a tomar decisiones por fuera del Congreso.
El Decreto publicado este lunes también declara a algunas empresas públicas como sujetas a “privatizaciones o concesión”. Ese es el caso de Aysa, Yacimientos Río Turbio, Energía Argentina (Enarsa), Intercargo, Belgrano Cargas, Sociedad Operadora Ferroviaria y Corredores Viales S.A.
La medida reglamentó el capítulo 3 de la Ley Bases, que está vinculado a la recisión y concesiones de contratos de obras públicas. Además, el decreto abarca el capítulo 4, que está vinculado al recorte del empleo púbico. Se trata de una medida que afectaría a alrededor de 180 mil empleados.
En el capítulo de “Procedimiento administrativo”, este comienza sustituyendo un artículo del Reglamento de Procedimientos Administrativos, indicando que “el trámite administrativo podrá iniciarse de oficio o a petición de cualquier persona humana o jurídica, pública o privada, que invoque un derecho o un interés jurídicamente tutelado, quienes serán consideradas parte interesada en el procedimiento”.
Finalmente, el capítulo de “Empleo Público” indica que “sin perjuicio del régimen de selección que oportunamente se establezca, para la acreditación de la idoneidad y con carácter previo y obligatorio, se deberá aprobar una Evaluación General de conocimientos y competencias, diseñada y reglamentada a tal efecto por la Autoridad de Aplicación, la que será anónima”.
Para esta evaluación “se utilizará un procedimiento para que cada persona evaluada sólo pueda ser individualizada luego de su calificación” y cada autoridad “determinará el puntaje mínimo requerido para la aprobación del examen y la cantidad de intentos que se podrá rendir”, al mismo tiempo que “será responsable de la verificación del cumplimiento de los recaudos establecidos en el presente artículo”.